Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Melilla (PORNG)

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Con fecha 22 de Abril de 2002, estamos pues en un proceso que lleva casi 10 años, la Consejería de Medio Ambiente de la Ciudad Autónoma de Melilla remitió a la Dirección General de Conservación de la Naturaleza del Ministerio de Medio Ambiente del Reino de España los estudios de:

  • Proposición de elegibilidad como zona L.I.C. (Lugar de Importancia Comunitaria) Terrestre del Lugar denominado “Barranco del Nano”
  • Proposición de elegibilidad como zona L.I.C. Marítimo – Terrestre del lugar denominado de “Acantilados de Aguadul”.

En el D.O.U.E. L259/1 de 21.9.2006, aparece la Decisión de la Comisión de las Comunidades Europeas de aceptar las zonas del “Barranco del Nano” y “Aguadul” como L.I.C.s dentro de la región biogeográfica Mediterránea con códigos L.I.C. ES6320002 y ES6320001 respectivamente, pasando a formar parte de la “Red Natura 2000”. La Decisión de la Comisión es de fecha 19 de Julio de 2.006.

En febrero de 2013, con la aprobación de los PORN, fueron declarados Zonas de Espacial Conservación (ZEC).