Marco legislativo de la Prevención y el Control Integrados de la Contaminación, IPPC

Marco legislativo de la Prevención y el Control Integrados de la Contaminación

Marco legislativo de la Prevención y el Control Integrados de la Contaminación

 

Marco legislativo de la Prevención y el Control Integrados de la Contaminación

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La Ley IPPCha sido modificada en diversas ocasiones, actualmente se ha llevado a cabo por la Ley 5/2013 de 11 de junio que transpone, en parte, la Directiva de Emisiones Industriales 2010/75/UE, anteriormente lo había sido por la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las modificaciones introducidas por las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE) y, por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad ypor la Ley 34/2007 de calidad del aire y protección de la atmósfera. Por otro lado, ha sido desarrollada mediante el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y el RD 508/2007, de 20 de abril, por el que se regula el suministro de información sobre emisiones del Reglamento E-PRTR y de las autorizaciones ambientales integradas.

Objetivo y ámbito de aplicación de la legislación IPPC

De acuerdo con el artículo 1 de la Ley 16/2002 el objetivo de la misma reside en “evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación en su conjunto, mediante sistemas de prevención y control que eviten su transmisión de un medio a otro”.

Todos los complejos que realicen algunas de las actividades industriales descritas en el anejo 1 de la Ley 16/2002 deben disponer de la Autorización Ambiental Integrada (AAI en adelante).

Elementos clave

Los aspectos más relevantes son:

  • Introduce el concepto de las Mejores Técnicas Disponibles (MTD) como referencia para establecer los Valores límites de Emisión (VLE).
  • Establece la Autorización Ambiental Integrada (AAI), que integra y coordina procedimientos y autorizaciones existentes, para lo que es imprescindible la plena coordinación administrativa de los organismos implicados en su concesión.
  • Fomenta el dialogo y el intercambio de información entre las administraciones y sectores industriales.
  • Promueve el principio de transparencia informativa, a través de actuaciones como el registro PRTR-España y otros mecanismos de información.

Para las industrias supone:

  • La exigencia de estar al corriente de las conclusiones sobre MTD definidas o consideradas para su sector.
  • La simplificación de los trámites administrativos.
  • Mediante el registro PRTR-España, junto a otros mecanismos, transparencia informativa de los complejos industriales hacia el público y otras partes interesadas.

Obligaciones y requisitos de la Ley 16/2002

– ¿A quién obliga la Ley16/2002?

A todas lasinstalacionesde titularidad pública o privada en las que se desarrolle algunas de las actividades industriales incluidas en el Anejo 1.

En la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, se exige a estas instalaciones que dispongan de autorización ambiental integrada, en la que se determinen todos los condicionantes ambientales que debe cumplir la actividad de que se trate, y donde se fijen los valores límite de emisión de los contaminantes al aire, al agua, al suelo y de condicionantes ambientales referidos a los residuos y cualquier otra condición necesaria para garantizar la protección ambiental.

Nuevo marco normativo

La Directiva2010/75/UE sobre Emisiones Industriales (DEI en adelante) que entró en vigor el 6 de enero de 2011, supone una respuesta a la necesidad de obtener mejoras ambientales asegurando, al mismo tiempo, la rentabilidad y fomentando la innovación técnica.

La DEIes una directiva más clara y coherente en la que se refunden la Directiva IPPC actual y seis directivas sectoriales en una única y nueva directiva sobre emisiones industriales, que refuerza la aplicación de las MTD en la Unión, en especial mediante la restricción de la divergencia de las MTD a casos concretos y un mayor énfasis en la justificación de las condiciones establecidas en los permisos. El nuevo texto legal refunde:

  • Directiva 78/176/CEE del Consejo, de 20 de febrero de 1978, relativa a los residuos precedentes de la industria del dióxido de titanio;
  • Directiva 82/883/CEE Consejo, de 3 de diciembre de 1982, relativa a las modalidades de supervisión y de control de los medios afectados por los residuos procedentes de la industrial del dióxido de titanio;
  • Directiva 92/112/CEE del Consejo, de 15 de diciembre de 1992, por la que se fija el régimen de armonización de los programas de reducción, con vistas a la supresión de la contaminación producida por los residuos de la industria del dióxido de titanio;
  • Directiva 96/61/CE del Consejo, de 24 de septiembre, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación;
  • Directiva 1999/13/CE, de 11 de marzo de 1999, relativa a la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes orgánicos en determinadas actividades e instalaciones;
  • Directiva 2000/76/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de diciembre de 2000, relativa a la incineración de residuos;
  • Directiva 2001/80/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2001, sobre limitación de emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de grandes instalaciones de combustión.

Los elementos clave de la DEI se detallan a continuación:

  • concreta más el concepto de mejores técnicas disponibles, así como el papel de los documentos BREF, ya que determina la práctica obligatoriedad de las “conclusiones sobre MTD” para promover una aplicación más coherente de la Directiva IPPC y exige que las decisiones que permitan condiciones en las AAI que estén fuera del ámbito de aplicación de las mejores técnicas disponibles deberán ser debidamente justificadas e incluso documentadas;
  • hace más estrictos los actuales valores límite de emisión europeos, que serán mínimos para algunos sectores (por ejemplo, las grandes instalaciones de combustión, para las cuales los adapta a las MTD), de manera que se pueda avanzar en el cumplimiento de los objetivos de la UE en relación a la reducción de la contaminación atmosférica;
  • introduce requisitos mínimos relativos a la inspección y revisión de las condiciones del permiso y los informes de cumplimiento;
  • proporciona incentivos para la innovación ecológica y apoya la creación de mercados de vanguardia;
  • amplía el ámbito de aplicación de la Directiva IPPC para cubrir instalaciones adicionales y lo concreta más en relación con determinados sectores (por ejemplo, tratamiento de residuos); dispone normas relativas a la protección del suelo y las aguas subterráneas, todo ello con el objetivo de aumentar la consistencia y la coherencia de las prácticas actuales en el otorgamiento de las AAI.

Se ha completado la transposición de la Directiva 2010/75/UE a nuestro acervo legislativo por medio de la Ley 5/2013, de 11 de junio que modifica la actual Ley 16/2002 y el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

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