Estructura

ESTRUCTURA

Bajo la superior autoridad del/la Consejero/a de Medio Ambiente, la Consejería se estructura en los siguientes órganos:

  1. Viceconsejerías
  2. Direcciones Generales
  3. Secretaría Técnica
  4. Unidades Administrativas inferiores a las Direcciones Generales
  5. Unidades Administrativas comunes

VICECONSEJERÍAS

De acuerdo con el Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, podrán existir uno o varios Viceconsejeros. Tendrán las atribuciones genéricas, actuando en cualquier circunstancia bajo la dependencia directa y jerárquica del titular de la Consejería.

L@s titulares de las Viceconsejerías podrán asumir las delegaciones que el titular de la Consejería tenga a bien establecer.

DIRECCIONES GENERALES

L@s Director@s Generales serán nombrado y separado de acuerdo con la normativa vigente de aplicación

El Consejero de Medio Ambiente podrá distribuir, bajo su superioridad jerárquica y a las órdenes del mismo, las atribuciones de la Consejería entre los distintos titulares de las Direcciones Generales. Existirán la Dirección General de Gestión Técnica y la Dirección General de Gestión Económica y Administrativa , siempre bajo la superioridad jerárquica del Consejero y a las órdenes del mismo.

SECRETARÍA TÉCNICA

En la Consejería de Medio Ambiente, existirá un Secretario Técnico que podrá ser el Secretario de Comisión de Medio Ambiente, de la Comisión Técnica y de cuantos órganos le encomiende el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla y Consejero de Medio Ambiente.

La Secretaría Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, bajo la superioridad del Consejer@ de Medio Ambiente y a las órdenes del mismo, será la encargada de elaborar la ordenación normativa y reglamentaria de la Consejería en coordinación con las Direcciones Generales, así como de la realización de aquellas otras funciones que sean encomendadas formalmente por el/la titular de la Consejería de Medio Ambiente.

UNIDADES ADMINISTRATIVAS INFERIORES A LA DIRECCIÓN GENERAL

A las órdenes del titular de la Consejería, y en coordinación con las Direcciones Generales, se incardinan en la estructura organizativa las unidades administrativas que a continuación se determinan:

  1. Servicio de Industria
  2. Sección Técnica de Control Industrial
  3. Sección Técnica de Protección del Medio Ambiente Urbano
  4. Sección Técnica de Protección del Medio Natural
  5. Sección Técnica de Mantenimiento Eléctrico
  6. Sección Técnica de Contaminación Ambiental
  7. Sección Técnica del Gabinete de Proyectos y Obras
  8. Sección Técnica de Recursos Hídricos
  9. Sección de Establecimientos y Ocupación de Vías

UNIDADES ADMINISTRATIVAS COMUNES

Bajo la dependencia jerárquica del Titular de la Consejería y de la Dirección General de Gestión Económica y Administrativa actuarán los Negociados relativos a:

  1. Seguimiento de Expedientes
  2. Responsabilidad Patrimonial
  3. Concienciación Ambiental.