Con motivo de la implantación en la ciudad de una ciclocalle, el Área de Movilidad de la Consejería de Medio Ambiente informa de que se están realizando los trabajos de señalización viaria de la misma, a falta de señalizar la totalidad del recorrido (simbología en calzada indicativa de presencia cicilista, flechas indicativas de dirección, límite de velocidad, además señalización vertical, etc..) y que, por lo tanto, al no haber culminado la señalización, no se encuentra todavía en uso, prevaleciendo hasta entonces su carácter de calzada viaria.
Igualmente se informa de que próximamente, previa a su finalización y puesta en uso, se procederá a realizar una campaña informativa acerca de cómo circular en la ciclocalle y las prioridades existentes a lo largo de su recorrido.
Las calles de prioridad ciclista o ciclocalles son aquellas vías de circulación especialmente acondicionadas que están destinadas en primer lugar a las bicicletas y en las que se aplican las normas especiales de circulación siguientes:
- Los vehículos deberán circular a una velocidad no superior a 30Km/h o inferior, si así estuviera específicamente señalizado, y no podrán estacionar más que en los lugares designados por la correspondiente señalización establecida al efecto.
- Las bicicletas se ajustarán a las normas de prioridad de paso que rijan con carácter general por la vía por la que circulen, pudiendo utilizar toda la zona de circulación.
Con el fin de aumentar la seguridad del usuario de la bicicleta en ese tipo de vías, y advertir al resto de usuarios de la presencia de ciclistas, las ciclocalles deben contar con toda la señalización vertical específica y horizontal antes de su uso.