Aprobadas Medidas para Prevención Incendios Forestales

Por Real Decreto de la Jefatura del Estado, con fecha 22 de julio de 2005, se han aprobado medidas urgentes en materia de Prevención de Incendios Forestales.

Queda expresamente prohibido:

 Encender fuego en todo tipo de espacios abiertos y áreas de descanso de la red de carreteras.

 Encender fuego en las zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello, así como la eliminación de residuos o rastrojos mediante quema al aire libre.

 Introducir material pirotécnico en zonas arboladas, así como arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier clase de material susceptible de originar un incendio.