Autorización de las instalaciones de tratamiento de residuos (gestión)

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Objeto:

Autorizar las instalaciones donde se desarrollan actividades de tratamiento de residuos, incluido el almacenamiento en el ámbito de la recogida en espera de tratamiento, así como la ampliación, modificación sustancial o traslado de dicha instalación.

Descripción:

La concesión de autorización para la gestión de residuos garantiza que las actividades de tratamiento y control de los citados residuos aseguren la protección de la salud humana, la defensa del medio ambiente y la preservación de los recursos naturales.

Destinatarios:

Quedan sometidas al régimen de autorización por el órgano ambiental competente de la Comunidad Autónoma donde están ubicadas, las instalaciones donde vayan a desarrollarse operaciones de tratamiento de residuos, incluido el almacenamiento en el ámbito de la recogida en espera de tratamiento, así como la ampliación, modificación sustancial o traslado de dicha instalación

Documentación a presentar:

Solicitud de autorización de las instalaciones de tratamiento de Residuos, con el contenido siguiente:

  1. Identificación de la persona física o jurídica propietaria de la instalación.
  2. Ubicación de las instalaciones donde se llevarán a cabo las operaciones de tratamiento de residuos, identificadas mediante coordenadas geográficas.
  3. Presentación del proyecto de la instalación con una descripción detallada de las instalaciones, de sus características técnicas y de cualquier otro tipo aplicables a la instalación o al lugar donde se van llevar a cabo las operaciones de tratamiento.
  4. Tipos y cantidades de residuos que puedan tratarse identificados mediante los códigos LER y si es necesario para cada tipo de operación.
  5. Las instalaciones no incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, deberán presentar, junto con la solicitud de autorización, el estudio de impacto ambiental cuando así lo exija la normativa estatal o autonómica sobre declaración de impacto ambiental.

 

Tramitación:

  • Presentación de la Solicitud y la documentación correspondiente dirigida al órgano correspondiente..
  • Comprobación de la documentación por parte del órgano competente. Requerimiento de información, en su caso.
  • Resolución y comunicación a los interesados.

Plazo de resolución:

3 meses

Efectos del silencio:

Negativo

Normativa aplicable (estatal y local):

Plazo de presentación de solicitudes:

Durante todo el año

Lugar y forma de presentación:

En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Órgano responsable