Acreditación Y Registro De Instaladores Y Mantenedores De Protección Contra Incendios
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Objeto:
Descripción:
La instalación y mantenimiento de aparatos, equipos, sistemas y sus componentes, con excepción de los extintores portátiles, se realizara por instaladores debidamente autorizados.
Cuando el usuario de aparatos, equipos o sistemas acredite que dispone de medios técnicos y humanos suficientes para efectuar el correcto mantenimiento de sus instalaciones de protección contra incendios, podrá adquirir la condición de mantenedor de los mismos, previa obtención de la presente autorización.
Las autorizaciones se conceden por un periodo de validez de tres años, prorrogables por periodos iguales de tiempo.
Destinatarios:
Persona física
Documentación a presentar:
– Instancia firmada por representante de la empresa solicitante
– Alta en el IAE
-Documento de Calificación Empresarial de empresa instaladora y mantenedora de protección contra incendios
– Fotocopia del DNI
– Copia de los seguros sociales del personal
– Seguro actualizado de responsabilidad civil con cobertura de 600.000€.
De todo lo anterior se deberá aportar original y fotocopia para su compulsa
Tramitación:
1º Presentación de la solicitud por parte del interesado
2º Solicitar autorización de la Comisaría Nacional de Policía en esta ciudad
Plazo de resolución:
90 días
Efectos del silencio:
Normativa aplicable (estatal y local):
- Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.
- Orden de 16 de abril de 1998 por la que se establece las normas de procedimiento y desarrollo del RD 1942/1993.
Plazo de presentación de solicitudes:
Lugar y forma de presentación:
Tasas:
Existen impuestos o tasas asociados