Autorización De Ocupación Del Espacio Público Con Mesas Y Sillas En Calle Legión

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Certificado De Empresas Instaladoras De Aparatos A Presión

 

Certificado De Empresas Instaladoras De Aparatos A Presión

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Descripción:

Presentar la solicitud de la petición de la colocación de terrazas, ajustada a las medidas autorizadas por la Consejería de Medio Ambiente..

Destinatarios:

Actividades que se conceder a los titulares de los establecimientos de hostelerías, siempre que se desarrolle de conformidad con las normas urbanísticas y sectoriales.

Documentación a presentar:

  • Solicitud en la que conste el local de hostelería desde el que se servirá la terraza, así como el número o números de la calle en cuya fachada la colocarán.
  • En los casos de solicitarse unas condiciones distintas a las especificadas en la convocatoria, se deberá acompañar a esta solicitud con un plano de las superficies y situación de las mesas y sillas, así como la argumentación de la necesidad de la variación.

Normativa aplicable (estatal y local):

Plazo de presentación de solicitudes:

En cualquier dia del año natural.

Lugar y forma de presentación:

En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Órgano responsable:

Consejería de Medio Ambiente. Oficina Técnica de Gestión Administrativa.

Información adicional

Requisitos:

Locales con licencia de apertura en vigor.

  • Las terrazas podrán colocarse en situación:
  1. A (de 28 m2)
  2. B (de 22 m2)
  3. A + B (con un total de 50 m2)
  4. B + D (de 44 m2)
  5. A + B + D (de 72 m2)
  • En casos excepcionales se autorizarán terrazas en situaciones:
  1. A + B + C (de 72 m2)
  2. B + C (de 44 m2)
  • Siempre que se solicite la consejería podría autorizar la colocación de toldos anclados a la fachada del local, sin paños laterales.
  • Para delimitar las terrazas se permite:
  1. La colocación de barandillas de acero del modelo general de la Ciudad.
  2. La colocación de cortavientos, que constarán de una parte inferior ciega de altura no superior a 95cm y, opcionalmente, una zona superior acristalada no superior a 65cm.
  3. La colocación de jardineras rectangulares de piedra artificial, de tamaño aproximado 100x34x44 cm que deberán dotarse de setos.
  4. En el caso de terraza en posición A, será obligatoria la colocación de protecciones a base de jardinera.
  • No se permitirá la colocación de plataformas elevadas, techos, soportes fijos o estructuras de cualquier material.
  • Se prohíben expresamente la instalación de mesas y sillas con publicidad o de colores llamativos.
  • El establecimiento marcará con pintura de tráfico blanca las esquinas de la superficie autorizada.
  • La existencia de elementos especiales como Kioscos, mobiliario urbano o cualquier otro condicionante, podrá impedir la autorización de la instalación de mesas y sillas en puntos concretos de la calle.