Comunicación de traslado de aparatos eléctricos y electrónicos usados, directamente reutilizables, desde o hacia paises de la unión europea (incluida la península)
Comunicación de traslado de aparatos eléctricos y electrónicos usados, directamente reutilizables, desde o hacia paises de la unión europea (incluida la península)
Comunicación de traslado de aparatos eléctricos y electrónicos usados, directamente reutilizables, desde o hacia paises de la unión europea (incluida la península)
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Comunicación de traslado de aparatos eléctricos y electrónicos usados, directamente reutilizables, desde o hacia paises de la unión europea (incluida la península)
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Serglobin Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio AmbienteMedio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente
Objeto:
Distinguir el traslado de aparatos eléctricos y electrónicos usados (AEE´u) de un traslado de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE).
Descripción:
A fin de distinguir entre traslado de aparatos usados directamente reutilizables (AEE´u) y aparatos que han llegado al final de su vida útil y, por tanto, constituyen residuos (RAEE), previo control de la documentación presentada por el operador del traslado conforme a la reglamentación aplicable y, en su caso, inspección sobre el terreno, la Consejería de Medio Ambiente resolverá acerca de la naturaleza de la mercancía, con indicación expresa de que ningún elemento del material o aparato del envío es un residuo según la definición del artículo 3, letra a) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Destinatarios:
Toda persona física o jurídica que pretenda trasladar desde territorio nacional o países UE hacia Melilla o viceversa aparatos eléctricos y electrónicos usados (AEE´u) que sean directamente reutilizables.
Documentación a presentar:
Formulario cumplimentado y firmado de “DECLARACIÓN DE TRASLADOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS USADOS REUTILIZABLES (AEE´u)”, al que se acompañará preceptivamente la siguiente documentación:
- Una fotocopia compulsada del documento de identificación de la empresa declarante (CIF/NIF) y del representante que suscribe la declaración (DNI/NIE/…).
- Una fotocopia compulsada del poder notarial de representación otorgada por la empresa declarante al representante que suscribe la declaración.
- Una fotocopia compulsada de la factura y del contrato, relativos a la venta o transferencia de propiedad de los AEE´u donde se indique que los aparatos se destinan a su reutilización directa y que son plenamente funcionales.
- Una prueba de la evaluación o ensayo en forma de copia de los documentos (certificados de ensayo, demostración de la funcionalidad) respecto a cada artículo del envío, y un protocolo con toda la información registrada de acuerdo con el punto 3 del ANEXO XV del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
- Una fotocopia del Documento Único Administrativo (DUA) si la declaración se realiza con posterioridad al embarque de la mercancía.
Notas:
1) En caso de algunos de los documentos señalados anteriormente se encuentre redactado en un idioma que no sea el castellano, habrán de acompañarse a los mismos una copia traducida al castellano.
2) La utilización del actual formulario de declaración solo será valida hasta el el 14 de agosto de 2018, fecha a partir de la cual será sustituido por un nuevo formulario adaptado a las categorías y subcategorías de AEE que se relacionan en el ANEXO III del RD110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (BOE nº 45 de 21 de febrero de 2015).
Tramitación:
Previo informe técnico de los servicios de la Oficina Técnica de Control de Contaminación Ambiental, la Consejería de Medio Ambiente dictará la resolución que corresponda.
Plazo de resolución:
Plazo máximo legal de tres meses (Art. 42.3 LRJ-PAC), si bien por la naturaleza de los perjuicios que pudiera conllevar una dilación innecesaria en la tramitación del expediente, la Consejería se ha propuesto que la resolución pueda dictarse en un plazo máximo de TRES DÍAS HÁBILES, salvo aquellos casos que aconsejen la práctica de una inspección in situ de la mercancía a trasladar o la comunicación adolezca de la documentación preceptiva.
Efectos del silencio
NEGATIVO
Normativa aplicable (estatal y local):
- Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (especialmente Artículo 36 y Anexo XV).
- Ley 22/2011 de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (BOE nº 181, de 29 de julio)
Plazo de presentación de solicitudes:
Abierto
Lugar y forma de presentación:
Las comunicaciones irán dirigidas a la Consejería de Medio Ambiente de la Ciudad Autónoma de Melilla y se presentarán en el Registro General de la ciudad, o en las oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Órgano responsable
Consejería de Medio Ambiente.
Tramita: Oficina Técnica de Control de la Contaminación Ambiental
Formularios:
Tasas: Pendientes de establecer