Solicitud del Carné de Operador de Grúa Móvil Autopropulsada.
Solicitud del Carné de Operador de Grúa Móvil Autopropulsada.
Solicitud del Carné de Operador de Grúa Móvil Autopropulsada.
Solicitud del Carné de Operador de Grúa Móvil Autopropulsada.
Solicitud del Carné de Operador de Grúa Móvil Autopropulsada.
Solicitud del Carné de Operador de Grúa Móvil Autopropulsada.
Solicitud del Carné de Operador de Grúa Móvil Autopropulsada.
Solicitud del Carné de Operador de Grúa Móvil Autopropulsada.
Solicitud del Carné de Operador de Grúa Móvil Autopropulsada.
Serglobin Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio AmbienteMedio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente Medio Ambiente
Objeto:
Obtención del Carné de Operador de Grúa Móvil Autopropulsada (Categoría A y B) mediante acreditación de los requisitos contemplados en el Anexo VII del Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria “MIE-AEM-4” del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.
Descripción:
Para el correcto montaje y manejo de las grúas móviles autopropulsadas, la persona que trabaja con ella deberá contar con carné oficial de operador de grúa móvil autopropulsada, expedido con las condiciones que se señalan en el anexo VII, y que tendrá carácter nacional, todo ello con independencia de que en el caso de que además sea el conductor del vehículo deba cumplir las disposiciones vigentes sobre la materia.
Se exigirá la posesión del carné de operador de grúa móvil autopropulsada de, al menos, categoría igual o superior a la correspondiente a su carga nominal, obtenido de acuerdo con lo señalado en este anexo.
El carné que se establece se delimita en las siguientes categorías:
Categoría A: habilita a su titular para el montaje y manejo de grúas móviles autopropulsadas de hasta 130 t de carga nominal, inclusive.
Categoría B: habilita a su titular para el montaje y manejo de grúas móviles autopropulsadas de más de 130 t de carga nominal.
Para la obtención del carné deberá de cumplirse lo siguiente:
- Ser mayor de 18 años.
- Superar un examen médico de agudeza visual, sentido de la orientación, equilibrio y agudeza auditiva y aptitudes psicológicas (es necesario aportar el certificado).
- Encontrarse en una de las dos situaciones siguientes:
- Situación 1:
- Aportar el título de graduado de Educación Secundaria Obligatoria.
- Poseer un certificado emitido por una entidad autorizada tras haber seguido y superado el curso teórico-práctico previsto en el Anexo VII de la ITC MIE-AEM-4.
- Superar un examen teórico-práctico de la Administración.
- Situación 2:
- Estar en posesión de un título de formación profesional o de un certificado de profesionalidad incluido en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, cuyo ámbito competencial coincida con las materias objeto del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención, aprobado por RD 2291/1985, de 8 de noviembre, y de la instrucción complementaria MIE-AEM-4, referente a grúas móviles autopropulsadas (es necesario aportar el certificado).
Destinatarios:
Personas físicas que quieran obtener o renovar el Carné de Operador de Grúas Móviles Autopropulsadas.
Documentación a presentar:
- Solicitud debidamente rellenada según modelo disponible en la página WEB.
- Fotocopia del DNI.
- Original del Certificado Médico para el fin que se solicita.
- Acreditación de competencias a través de cualquiera de las dos situaciones indicadas a continuación, aportando la documentación correspondiente:
- Situación 1:
- Fotocopia compulsada del título de Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria.
- Fotocopia compulsada del certificado emitido por una entidad autorizada tras haber seguido y superado el curso teórico-práctico previsto en el Anexo VII de la ITC MIE-AEM-4.
- Acreditación de haber superado el examen teórico-práctico de la Administración.
- Situación 2:
- Certificado de estar en posesión de un título de formación profesional o de un certificado de profesionalidad incluido en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, cuyo ámbito competencial coincida con las materias objeto del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención, aprobado por RD 2291/1985, de 8 de noviembre, y de la instrucción complementaria MIE-AEM-4, referente a grúas móviles autopropulsadas.
Junto a toda la documentación a aportar, se adjuntará original del pago de las tasas correspondientes según BOME Extraordinario nº 21 de 30/12/2009.
Tramitación:
Una vez presentada la Solicitud, se examina el cumplimiento de los requisitos a través de la documentación aportada, registrándose la misma y en caso de cumplimiento de los citados requisitos, se expide el Carné de Operador de Grúas Móviles Autopropulsadas (Categoría A o B), el cual que tendrá una validez de 5 años, transcurridos los cuales podrá ser objeto de renovación por iguales períodos, previa acreditación de los requisitos establecidos anteriormente.
Plazo de resolución:
3 meses
Efectos del silencio:
Estimatorio
Normativa aplicable (estatal y local):
- Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos.
- Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
- Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción Técnica Complementaria “MIE-AEM-4” del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.
- BOME Extraordinario nº 21 de 30/12/2009. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por los servicios de ordenación industrial, ordenación de instalaciones y actividades industriales, energéticas y minerales.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación de solicitudes:
Plazo abierto todo el año
Lugar y forma de presentación:
Oficina del Servicio de Industria de la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente. Palacio de la Asamblea. Plaza de España, S/N. 2 Planta.
Órgano responsable:
Servicio de Industria y Energía de la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente de la Ciudad Autónoma de Melilla
Formularios:
Disponibles en la WEB de la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente
Tasas:
BOME Extraordinario nº 21 de 30/12/2009. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por los servicios de ordenación industrial, ordenación de instalaciones y actividades industriales, energéticas y minerales.